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miércoles, 13 de julio de 2011

ANEXO IV

CAPITULO II
ACERCA DE LAS PROPIEDADES DEL ENTE
De las propiedades en general


I. Gredt

(Nota.: Este ANEXO IV de GREDT sobre las propiedades va posterior a LA NATURALEZA DEL ENTE y su Historia con la que se inicia y está debajo, en este Blog, del ANEXO III que sigue y que completa el Proemio a las propiedades del ente, de González ALVAREZ, que está situado en LAS PROPIEDADES DEL SER...y se inserta en REFLEXION SOBRE LA INTUITIVIDAD...al final de una Nota personal (donde figura el tema a tratar, a continuación, según la enuncación de G. Alvarez, sobre Las propiedades y principios) y antes del cuadrito sinóptico sobre las mismas. Al final hay 2 ANEXOS: uno sobre el Juicio, que capta el acto de existir del ente y otro sobre el Sujeto: aquel o aquello que tiene una esencia. Aquello que ejercita la existencia y la acción.- Actiones sunt suppositorum. ).



TESIS II: Además del ente los conceptos transcendentales son cinco: cosa, algo, uno, verdadero, bueno, acerca de los cuales las propiedad del ente son cuatro: algo, uno, verdadero, bueno, que emanan del ente inmediatamente, según una distinción virtual menor.

ESTADO DE LA CUESTIÓN: 1. Transcendental puede significar: a) lo que está fuera de los predicamentos ( para ejemplo sea Dios); b) lo que conviene a muchos predicamentos (como el movimiento); c) lo que se encuentra en todo predicamento ( como en todo predicamento se encuentra la pluralidad, el mal etc.); d) el ente y lo que dice de todo ente, o lo que sigue al ente como es ente. – En la tesis el transcendental se toma en este último sentido por el modo de ser simplemente general.
Como todos los conceptos predicamentales así también los cinco transcendentales se originan del concepto de ente. Como, ciertamente, el concepto de ente sea el concepto ontológica y psicológicamente primero en el cual se resuelven todo otro concepto, cualquier otro concepto se origina porque al ente se sobreañade algún modo de significar o alguna determinación, por la cual el ente común se determina para significar de un especial modo (tal ser). Si aquel especial modo de significar significa también un especial modo de ser, y eéste unívoco, se origina el concepto predicamental, contracto; si, en vez, significa un general modo de ser, o un modo de ser que conviene a todo ente, se origina el concepto traanscendental simplemente.
2. Propiedad del ente aquí se entiende el predicado, que no es completamente sinónimo con el ente, sino distinto del ente con distinción al menos virtual menor o con un fundamente imperfecto en la cosa y que sigue inmediatamente al ser como ser.
Se prueba la Tesis I parte ( Además del ente los conceptos transcendentales son cinco). – Tantos son los conceptos transcendentales además del ente, cuantos son los modos de ser, que siguen en general a todo ente. Es así que los modos de ser son cinco, que siguen a todo ente en general: cosa, algo, uno, verdadero, biueno. Luego.
Mayor: es evidente por el Estado de la Cuestión. – Se prueba la menor proponiendo la división por los miembros que se excluyen recíprocamente: El modo de ser sigue a todo ente, o en cuanto el ente se considere en sí absolutamente o por orden a otro. El modo de ser, que sigue a todo ente en sí absolutamente, o expresa algo afirmativamente o algo negativamente. Si expresa algo afirmativamente no puede ser sino el modo, que se dice por la esencia, que se significa por el nombre “rei” (por “reor” o pew: lo que dice o puede pensar, esto es la esencia), en cuanto el ente se dice por el “esse”; en el ente, en efecto, considerado según sí positiva o afirmativamente no se encuentra sino la esencia y el esse. Mas, si expresa algo negativamente, es la indivisión, que es la negación, que sigue a todo ente absolutamente, que significa el nombre “uno”; el uno, en efecto, es el ente indiviso. El modo de ser que sigue a todo ente relativamente o por el orden de uno a otro es o según la disconveniencia o según la conveniencia dew un ente a otro. El modo de ser según la disconveniencia se expresa con el nombre de “algo” (“aliquid”); se dice aliquid como otro quid; el modo de ser que sigue a todo ente según la conveniencia de un ente a otro no puede ser sino por orden a algo, que es algo para convenir con todo ente. Mas esto es el alma y generalmente toda substancia espiritual según el intelecto o el apetito. El alma, en efecto, al conocer, se hace todas las cosas a las cuales se inclina al apetecer. La conveniencia del ente al intelecto la expresa el nombre “verdadero”, la conveniencia al apetito “el bien”.

Se prueba la II parte ( Son cuatro las propiedades del ente, que emanan del ente según la distinción virtual menor). – Lo que no es completamente sinónimo con el ente, sino distinto de él con distinción al menos virtual menor, y que sigue inmediatamente al ente como ente es propiedad del ente. Es así que de los cinco transcendentales solamente cuatro, a saber, algo, uno, verdadero, bueno, no son sinónimos con el, sino distintos de él por la distinción virtual menor e inmediatamente siguen al ente como ente. Luego.
La mayor es evidente por el Estado de la Cuestión .- Se prueba la menor: “La cosa” es sinónimo con el ente. Por el contrario, algo, uno, verdadero, bueno explican en su concepto alguna razón, que no explica el ente, que, sin embargo, sigue inmediatamente al ente y en el ente(por su transcendencia) se contiene en acto implícitamente. Esto es distinto por lo dicho en la prueba de la primera parte.

COROLARIOS
Luego "la cosa" no sigue "al ente"propiamente,sino sólo impropiamente: secuela "late" dicha según la distinción de la razón raciocinante. - Los sinónimos "ente" y "cosa" se diversifican extrínsecamente con relación a uno u otro nombre, de los cuales uno(ente) primeramente significa el "esse", el otro (cosa) la esencia.

Escolios 1. “aliquid” se puede tomar de tres maneras: a) por la esencia (aliquid = alguna quidditas): b) por “aliud quid”, a saber, por el ente, como se distingue del no-ente: el ente como “aliud” al no-ente (nonnihil); c) por “aliud quid”, esto es, por un ente, para que se distinga contra otro ente: un ser como otro de otro ser. En la primera acepción no es propiedad del ente, sino es sinónimo al ente y a la cosa; en la segunda es propiedad del ente, porque explica algo que el ente no explica y que sigue inmediatamente al ente; en la tercera acepción no es propiedad del ente: explica ciertamente algo, que no explica el ente, lo cual , sin embargo, no sigue inmediatamente al ente, sino al uno; primeramente, en efecto, entendemos el ente y el no-ente y concebimos al ente como otro al no-ente, o distinguimos (dividimos) el ente del no-ente (principio de contradicción), con lo cual adquirimos el concepto de división, que negamos en el ente (principio de identidad o de unidad del ente consigo mismo; y así se origina el concepto de uno. Al concepto de uno sigue el concepto de un ente, como se distingue contra otro ente. O en concepto de pluralidad y de multitud.
2. Al bien pertenece lo bello, que es una cuasi especie del bien. Lo bello es lo que es conveniente al apetito natural de la potencia cognoscitiva.

TESIS III: Las propiedades del ente no añaden al ente algo real, sino algo de razón solamente, a modo de connotación extrínseca. Por eso formalmente consisten en el mismo ente, en cuanto es fundamento de esta connotación.

Estado de la cuestión: Cualquier otro concepto se origina, porque al ente se le sobreañade algún modo de significar o alguna determinación, por la cual el ente común se determinar a significar de un modo especial. Los conceptos predicamentales o contractos añaden al ente algo real, esto es un modo especial de ser, no ciertamente ab extrínseco, puesto que al ente ab extrínseco no se le puede sobreañadir algo nada real, sino ab intrínseco, explicando algo real, que el ente contiene implícitamente en acto. Siendo esto así, por la primera parte de nuestra tesis decimos que los conceptos transcendentales simplemente o las propiedades del ente no añaden algo real al ente, sino por estos conceptos el ente común se determina a significar de especial modo únicamente por alguna connotación de la razón.. Luego estos conceptos explican todo el ser de algún modo especia, en cuanto expresan el ente según aquella connotación de razón. Así “algo” (no nada) dice el ente con una relación de disconveniencia al no-ente, “uno” dice el ente con una connotación de negación de división. ¡verdadero” dice el ente, refiriendo ello al intelecto, “bueno”, en vez, lo refiere a la voluntad.. En la segunda y tercera parte de la tesis decimos que esta connotación de razón, que añade la propiedad, no ingresa intrínsecamente en el mismo concepto de propiedad, por consiguiente la propiedad del ente no consiste en esta connotación, sino en el ente, en cuanto es su fundamento. Así “algo” es el ente, en cuanto funda una relación de disconveniencia al no-ente; “uno “ es el ente, en cuanto es el fundamente de la negación de división; “verdadero” es el ente, en cuanto referible al intelecto, “bueno”, en cuanto es referible al apetito.

Se prueba la I parte de la tesis. (Las propiedades del ente no añaden algo real al ente, sino sólo algo de razón).- El concepto que explica todo el ente según algún especial modo de significar, no sobreañade al ente algo, sino algo de razón solamente. Es así que el concepto de propiedad del ente explica todo el ente según algún especial modo de significar. Luego.
La Mayor se pruebe porque aquel concepto sobreañade alguna determinación, de otra manera se haría una contracción del ente y el concepto no explicaría todo el ente. Luego sobreañade solamente algo de razón. Se prueba la menor por el concepto de propiedad del ente. El concepto de propiedad del ente a) explica todo el ente, porque significa algo que sigue a todo ente, o que es del ente como ente; el concepto, en efecto, o definición de propiedad entra al propio sujeto: La propiedad del ente a de ser concebida y definida como algo del ente y como algo de todo ente o del ente como tal; b) explica todo el ente según especial modo, de otra manera sería lo mismo completamente con el concepto de ente.

Se prueba la II parte (Aquello de razón se sobreañade a modo de connotación extrínseca.).- Lo que opone al ente no puede intrínsecamente sobreañadirse para constituir una propiedad del ente, sino se sobreañade a modo de connotación extrínseca; la propiedad del ente, en efecto, no se opone al ente, sino que sigue al ente. Es así que aquello de razón como ente de razón se opone al ente; el ente, en efecto, simplemente, de cuyas propiedades hablamos, , es el ente real, que se opone al ente de razón. Luego.

Se prueba la III parte. ( Las propiedades del ente consisten formalmente en el mismo ente, en cuanto es fundamente de esta connotación). – El concepto que explica todo el ente, sobreañadiendo algo de razón a modo de connotación extrínseca, consiste en el mismo ente, en cuanto es fundamento de esta connotación. Es así que la propiedad del ente explica todo el ente, sobreañadiendo algo de razón a modo de conotación extrínseca. Luego.

Escolios. Para resolver la dificultad advierte: No se puede decir que la propiedad del ente sobreañade al ente aquello real, que es aquel especial modo, por el cual se puede tomar, o, como ejemplo usamos que lo verdadero añade al ente aquello real, que es su referibilidad al intelecto. La referibilidad, en efecto, del ente al intelecto no es otra cosa que todo el ente, en cuanto conota extrínsecamente algo de razón y en general: aquel especial modo, por el cual se puede tomar el ente, es ente en cuanto conota aquel modo de razón. Una cosa, luego, es la pro`piedad; otra lo que sobreañade.

2. Acerca de la unidad

TESIS IV: La unidad no sobreañade al ente algo real, sino negación de división a modo de privación; luego lo es convertible con el ente. Sin embargo la razón formal de la unidad no consiste en la mera negación de división, sino en la entidad, en cuanto es fundamento de la negación de división.

Estado de la cuestión. La unidad, como es patente en el uso de hablar de todos, es la indivisión del ente; lo uno, luego, es la indivisión del ente. Se distingue la unidad transcendental: la unidad del ente, la negación de división en el ente o indivisión del ente como ente; y la unidad no transcendental: la indivisión del ente como es tal ente. – La la unidad transcedental se distingue en unidad de simplicidad y de composición. La unidad de simplicidad es la unidad del ente que carece de partes; la unidad de composición es la unidad del ente que se compone de partes. La unidad de composición es o la del ente per se, que tiene un solo esse, como es la unidad del cuerpo compuesto de materia y forma; o del ente per accidens, que no tiene un solo esse, el cual por lo tanto se compone de muchas esencias completas y muchos “esse”, que se unen entre sí accidentalmente o extrínsecamente, sea por yuxtaposición (unidad de agregación) sea por la causalidad extrínseca eficiente y final (por la mutua acción y pasión, por la confluencia en el mismo fin),o o intrínsecamente por la misma información”, como el accidente se une a la sustancia y un accidente a otro. – La unidad no transcendental es o de razón o real. La unidad (no transcednetal) de razón es la unidad del ente, como es tal ente, por abstracción. Esta unidad es o genérica o específica. La unidad no transcendental) real es unidad de razón, como es tal, en la naturaleza de lasa cosas. La unidad real es o formal: la unidad del ente, como es tal formalmente o “quidditativamente; o material o numérica: la unidad del ente como es tal materialmente o individualmente. La unidad formal, como la unidad de razón, , se subdivide en genérica específica. La unidad formal es unidad según los predicados genéricos, la unidad formal específica es la unidad según los predicados específicos. La unidad individual se llama material, la quidditativa, en vez, formal, a) porque ésta proviene de la forma, aquella (en las cosas materiales)de la materia, b) porque el individuo “se habet materialiter” y a modo de sujeto respecto de todos los predicados superiores, que son formales, y por eso la unidad o conveniencia en los predicados formales se llama unidad formal, la unidad en vez de la individuación, se llama material. La unidad formal es o último terminada o unidad formal, que al mismo tiempo es numérica ( esto se da en las sustancias espirituales, en las cuales la individuación no sobreañade a la quiddidad nada de positivo); o no último terminada o unidad solamente formal ( que se da en todas las cosas en las cuales la individuación sobreañade a la quiddidad algo de positivo). La unidadformal último no terminada es unidad “secundum quid”, según los predicados quidditativos sean específicos sean también solamente genéricos. La unidad material o numérica es o sustancial (unidad numérica de la sustancia9 o accidental (unidad numérica del accidente). La unidad material accidental es o de los accidentes, en cuanto se individualizan por la sustancia, o de la cantidad, en cuanto ésta se individualiza por sí misma. Esta unidad de la cantidad es unidad predicamental.
Nuestra tesis se ha de entender per se primo de la unidad transcendental; pero se verifica también acerca de la unidad no transcendental, en cuanta ésta es convertible con el ente como tal y no añade nada al ente en cuanto es tal ente.

Se prueba la I parte de la tesis. ( La unidad no sobreañade al ente algo real, sino sólo la negación de división a modo de privación). – La indivisión en el ente no añade al ente algo real, sino sólo la negación de división a modo de privación. Es así que la unidad es el ente indiviso o indivisión en el ente. Luego.
La Mayor se aclara, porque la división es algo positivo como segregación, no sólo si se considera eficientemente, sino también si se considera formalmente como forma “faciens differre”. Luego la negación de división es algo negativo. Mas esta negación tiene razón de privación “late2 dicha, porque conota al sujeto o el ente en el cual está.
La menor es evidente por el estado de la cuestión: con el nombre de unidad todos entienden al ente indiviso o la indivisión en el ente.

Se prueba la II parte. (Por eso lo uno es convertible con el ente. Todo lo indiviso es uno. Es así que todo ente es indiviso. Luego todo ente es uno.
La mayor es evidente por la I parte. – Se prueba la menor. Todo ente es o simple o compuesto; pero el ente simple es indiviso en acto y en potencia, mas el ente compuesto no lo es, o no tiene el esse, por cuanto sus partes son divisas entre sí. Luego. (S. Tomás, S T. I 11,1.).

Se prueba la III parte. (La razón formal de la unidad transcendental no consiste en la mera negación de división). - La propiedad del ente no puede consistir en la mera negación , sino que debe ser una perfección positiva del ente. Puesto que la propiedad del ente no puede ser algo que se opone al ente, sino que es algo que sigue al ente: mas la negación se opone al ente. Es así que la unidad transcendental es una propiedad del ente. Como es evidente por la tesis II. Luego

Se prueba la IV parte: (La razón formal de la unidad trascendental consiste en la entidad, en cuanto es el fundamento de la negación de la división). – La perfección del ente que es la indivisión del ente, no pùede ser sino el ente, en cuanto es el fundamento de la negación de la negación. Es así que la unidad es la perfección del ente, que consiste en la negación de división. Luego

Escolios. 1. La unidad predicamental sobreañade al ente algo real; significa, en efecto, el ente indiviso “cuanto” o extenso. Pero a la misma cantidad la unidad predicamental no añade algo real, es, en efecto, la cantidad indivisa.
2.Puesto que lo uno transcendental es el ente indiviso, las muchas cosas transcendentalmente son el ente diviso. Luego la multitud transcendental es la división del ente. Así como la unidad no dice sólo negación de división, sino el ente indiviso, así la multitud no dice sólo división, sino el ente diviso o la pluralidad de entes, de los cuales cada uno es uno. Supone luego la multitud al uno como su principio. Luego lo uno es anterior a la multitud e importa sólo la negación de división en sí, no división de otro ente, que es la pluralidad y la multitud.

3 Acerca de la verdad transcendental.

TESIS V. La verdad, que se dice de la cosa, sobreañade una relación a la cosa, sea real sea de razón,: real al intelecto, por el cual es medido propiamente; de razón al intelecto, por el cual es medido impropiamente y al intelecto al que mide. Mas la verdad estrictamente transcendental sobreañade al ente en cuanto ente sólo relación de razón al intelecto a quien se refiere. Por eso la verdad transcedental consiste en el ente como fundamento de aquella relación de razón.

Estado de la cuestión. La verdad se dice del intelecto y de las cosas. Por eso se distingue la verdad del intelecto o del conocimiento: la verdad lógica; y la verdad de la cosas: la verdad ontológica o transcendental. La verdad se dice del intelecto, en cuanto es adecuado a las cosas. La verdad lógica es doble: una causada y medida por el objeto, que compete al intelecto, que depende de las cosas (al intelecto creado); otra no causada y medida por el objeto. Esta es o la causante y que mide al objeto, que compete al intelecto, de donde depende la cosa ( al intelecto divino respecto de todas las cosas y al intelecto del artífice respecto de las cosas artificiales), o que no causa y mide (propiamente) el objeto, sino identificada con el objeto ( la verdad lógica divina con relación a la esencia divina). – En cuanto la verdad lógica se diga del intelecto, en cuanto es adecuado a las cosas, la verdad lógica consiste en la adecuación del intelecto con la cosas. Esta adecuación en la verdad, que causa y mide el objeto y en la verdad causada y medida por él, es la relación de medida: real de parte de lo medido, de razón de parte de lo que mide; mas en la verdad lógica divina con relación a la esencia divina hay relación de identidad, que es relación de razón: el intelecto divino es perfectísimamente adecuado a la esencia divina por identidad.
Según el uso común de hablar la verdad se dice de la cosa, en cuanto la cosa no es fingida, sino que tiene lo que pertenece a su esencia o que debe tener; así se dice algo oro verdadero para que se distinga del oro falso, que es el chrisoryno, y se dice alguien verdadero amigo para que se distinga del falso amigo.
Nuestra tesis trata de la verdad ontológica; acerca de la verdad lógica se tratará más abajo. Y distinguimos en la tesis una doble verdad ontológica: una “stricte” transcendental, que es la del ente como ente; otra “late” transendental, que no es del ente como ente, sino como ente creado o increado.

Se prueba la I parte de la tesis. (La verdad, que se dice de la cosa, sobreañade a la cosa una relación, ya sea real ya sea de razón: real al intelecto por el que es medido directamente; de razón al intelecto, por el cual es medido impropiamente, y al intelecto que mide). – La verdad, que se dice d e la cosa, en cuanto cosa no es ficción, sino que tiene lo que tiene que tener, sobreañade a la cosa una relación: sea real – al intelecto, por el que es medido propiamente; sea de razón – al intelecto por el que es medido impropiamente, y al intelecto que mide. Es así que la verdad que se dice de la cosa, según el uso de hablar se dice de ella, no en cuanto es “ficta”, sino que tiene lo que tiene que tener. Luego.
La menor es evidente por el estado de la cuestión. – Se prueba la mayor. La verdad que se dice acerca de la cosa, en cuanto la cosa no es “ficta”, sino que tiene lo que debe tener, se dice de la cosa, ya sea en cuanto responde a su medida, que es el intelecto (toda cosa, en efecto, es medida por el intelecto, sea propia sea impropiamente: propiamente por el intelecto, de donde depende; así toda cosa natural es medida por el intelecto divino, y los artefactos son medidos por el intelecto del artífice; impropiamente por el intelecto, con el cual se identifica; así la esencia divina es medida por el intelecto divino) [Nota: La esencia divina es medida por el intelecto divino impropiamente, porque la esencia divina no depende del intelecto divino ni se distingue de él realmente]; sea en cuanto es apta para medir ele intelecto que depende de ella o a causar la noticia de sí en el intelecto, que depende de la misma (así se dice oro verdadero, el que es apto para causar la noticia de sí al intelecto, como se dice falso oro, el que es apto para engañar). Es así que la verdad, que se dice de la cosa, sea en cuanto responde a la medida, que es el intelecto, en cuanto es apta para medir el intelecto, sobreañade la relación de la cosa al intelecto, por el que es medido, sea propia o impropiamente, y al intelecto, al que mide. Mas la relación de la cosa al intelecto, opor el que es medido propiamente, es real; la relación, en vez, al intelecto al intelecto que mide, de razón, es evidente por lo dicho en lógica acerca de la relación de medida, que no es mutua; la relación de la cosa o de la esencia divina al intelecto divino, por el que es medida impropiamente , que es de razón, es evidente, que esta relación es de identidad, que es relación de identidad. Luego.

Se prueba la II parte. ( La verdad estrictamente transcendental al ente como ente sobreañade sólo relación de razón al intelecto, al que se refiere). –La verdad estrictamente transcendental es la verdad ontológica, que abstrae de lo creado y de lo increado y conviene al ente, no en cuanto es creado o increado, sino como ente. Es así que la verdad ontológica, que abstrae de lo creado y de lo increado y conviene al ente como ente, sobreañade al ente sólo relación de razón al intelecto, al que se refiere. Luego.
La mayor es evidente por el estado de la cuestión.
Se prueba la menor. Es doble el intelecto, al cual el ente como ente se puede referir: a) el intelecto creado al que mide, b) el intelecto increado.. . Es así sea se refiera al intelecto creado, sea al intelecto increado, no se sobreañade a él sino relación de razón. Luego. – La mayor es evidente por sí misma.- La menor en cuanto a la 1ª parte es evidente porque la relación del ente al intelecto creado es la relación de lo que mide a lo medido, que es de razón de parte de lo medido; en cuanto a la 2ª parte se prueba: El ente como ente, en cuanto abstrae de lo creado y de lo increado, abstrae también de la medida propia e impropia. Es así que lo que abstrae de la medida propia e impropia , no se refiere al intelecto divino que mide con relación real, sino sólo con relación de razón como mensurable, sea propia sea impropiamente. Luego.

Se prueba la III parte. (La verdad transcendental consiste en el ente como fundamente de aquella relación de razón) por lo dicho en la tesis III. La propiedad del ente sobreañade al ente sólo relación de razón, pero esta no consiste en esta relación, sino en el ente, en cuanto es el fundamento de esa relación.

Corolarios. 1. Luego como la verdad lógica, la verdad ontológica “late” trascendental es doble: una causada y mensurada por el intelecto, otra no causada y mensurada (propiamente) por el intelecto, sino identificada con el intelecto, que es la verdad ontológica de la esencia divina identificada con el intelecto divino. Aquella consiste en la relación transcendental del ente al in, de donde depende, al intelecto divino y al intelecto del artífice, ésta en la identidad de la esencia divina con el intelecto divino.
Sea la verdad ontológica causada y medida (propiamente), sea la verdad ontológica no causada y medida por el intelecto se puede considerar secundariamente, en cuanto es causante y mensurante del intelecto (la intelección), que depende de ella.. Esta es la verdad ontológica causal: las aptitud de la cosa para causar la noticia de sí al intelecto, que depende de ella,, en cuanto la verdad ontológica según su consideración primaria, a saber considerada en orden al intelecto, por el cual es medida o con la cual se identifica, es la verdad ontológica formal.
La verdad ontológica causada y mensurada por el intelecto y la verdad ontológica causal sin relaciones de medida; pero ésta es real por parte del intelecto, de razón por parte de la cosa, aquella real por parte de la cosa, de razón por parte del intelecto. Mas la verdad ontológica, medida por el intelecto sólo impropiamente, es relación de identidad, que es sólo de razón.
También la verdad estrictamente dicha es doble: una primaria (verdad transcendental formal), que se dice con relación al intelecto divino y consiste en la relación de razón, por la cual el ente como ente (en cuanto abstrae de lo creado e increado) se refiere (por nuestro intelecto) al intelecto divino como mensurable por el mismo sea propia sea impropiamente; otra secundaria (la verdad transcendental causal), que se dice con relación al intelecto creado y consiste en la aptitud de la cosa para causar la noticia de sí en el intelecto creado.

4. Acerca de la bondad.

Qué es la bondad transcendental. – La bondad transcendental sobreañade al ente una relación de razón de conveniencia al apetito, fundada sobre la perfección. Por eso el bien es convertible con el ente. Pero la razón formal de ésta bondad no consiste en esta relación, sino en el,ente, en cuanto es su fundamento, o en el ente, en cuanto es conveniente al apetito.
Se prueba la primera parte de la aserción. (La bondad transcendental sobreañade al ente una relación de conveniencia al apetito, fundada sobre la perfección).El bien transcendental es el ente que se apetece. Es así que el ente, que se apetece, es el ente con una relación de conve3niencia al apetito, fundada sobre la perfección. Luego. – La mayor es evidente por el uso de hablar; la bondad, en efecto, la bondad, en efecto, transcendental o la bondad acerca del ente todos dicen en cuanto es apetecible. – La menor en cuanto a la1ª parte es evidente por sí mismo: lo que es apetece es apetecible o conveniente al apetito. Se prueba la menor en cuanto a la 2ª parte. En tanto algo es apetecible o conforme al apetito, en cuanto es en acto; pués el término del apetito está en la misma cosa, que está en acto, ni nadie apetece una cosa meramente posible, sino su actualidad. Es así que en tanto algo es perfecto, en cuanto es en acto. Luego la apetecibilidad o la relación de conveniencia al apetito se funda sobre la perfección. Que esta relación de razón es evidente por la tesis III.
Se prueba la II parte. ( El bien es convertible con el ente) Todo ente es perfecto, en cuanto es en acto y por consiguiente apetecible o que funda la relación de conveniencia al apetito, y el mismo ente posible y meramente potencial (la esencia posible y la materia prima) es un bien en cuanto se ordena al acto. Luego todo ente es bueno, y el bien es convertible con el ente. – El ente de razón es un bien como el ente: Como no es un verdadero ente, sino un ente en ficción, así tampoco es un verdadero bien.
III parte. (La razón formal de la bondad no consiste en esta relación, sino en el ente, en cuanto es su fundamento) es evidente por lo dicho en la tesis III.
Nota. – Los posibles en cuanto posibles no son un bien; así, en efecto, se considera formalmente, en cuanto no se consideran al acto. Por la misma razón las matemáticas (los objetos de la Matemática) se dice que no son un bien. (Cf. Arist. Met. II 2; S Tomás lect. 4 n. 375; et.etc.

Clases de bondad. – 1. Divisiones especiales.
a) Divisióin cuasi esencial ( del análogo en sus analogdos).- El bien se divide cuasi esencialmente según la misma razón de su apetecibilidad en bien útil, honesto, deleitable. Lo útil es apetecible como medio: es el bien del medio. Lo honesto y deleitable son apetecibles como término o fin: el bien del término fin. Lo honesto es la bondad intrínseca del fin, en cuanto es según la recta razón.. Lo deleitable es la bondad intrínseca del fin, en cuanto aquieta el apetito.
b) Divisiones accidentales. - a´) División por la razón de la perfección. Según la perfección de la bondad se divide el bien en bien simplemente y bien “secundum quid”. Puesto que el bien es lo perfecto, lo simplemente bueno es lo simplemente perfecto, lo que tiene la perfección última; el bien “secundum quid” bien es lo que, puesto que no tiene la perfección última, tiene sin embargo alguna perfección, en cuanto está en acto. El bien simplemente es el ente “secundum quid”, y el ente simplemente es el bien “secundum quid”. Se dice, en efecto, simplemente algo según el esse substancial, por el cual es el esse primero; mas según el esse sobreañadido o accidental se dice ente “secundum quid”. Ahora la bien la primera perfección o el primer acto es por el esse substancial, la última por esse sobreañadido y principalmente por la operación acerca del fin último, por la cual el ente racional tiene su última evolución.
A esta división es semejante la división del bien en bien moral, que es conveniente a la voluntad y conforme a las reglas de las costumbres, o conveniente según el fin último, y por consiguiente lo último perfecto; y el bien físico, que es conveniente de cualquier manera, abstrayendo de la regla de las costumbres.
á´) Según el apetito, con relación al cual se dice bien, el bien se divde en natural y conocido. El bien natural se dice con relación al apetito natural, el bien conocido con relación al apetito “elícito” (conocido). El bien conocido es o sensible o intelectual: éste se refiere a la voluntad, aquel al apetito sensitivo.
2. Divisiones que son comunes a la bondad y a la verdad. – Como la verdad se dice del intelecto y de las cosas, así la bondad se dice del apetito y de las cosas. Pero la bondad se dice primeramente de las cosas; acerca del apetito posteriormente, como es evidente de la tesisV. Por eso se distingo la bondad del apetito y la bondad de la cosa, bondad ontológica o transcendental.. Pero la bondad ontológica es la bondad primariamente dicha o formal, y la bondad se dice del apetito, en cuanto es de una cosa buena o apetece una cosa buena y se aquieta en ella. La bondad del apetito es doble: una causada y medida por el objeto, que compete al apetito, que depende de las cosas (al apetito creado); otra no causada y medida por el objeto. Esta es la que causa y mide el objeto o constituye al objeto bueno ( en cuanto constituye al objeto en acto – la bondad en efecto se funda sobre el acto o la perfección ),o que no causa y mide (propiamente) el objeto, sino identificada con el objeto. La bondad del apetito que causa y que mide el objeto compete a la voluntad, de donde depende la cosa, a saber a a la voluntad divina con respecto a todas las cosas creadas y a la voluntad del artífice con respecto de todas las cosas artificiales (la voluntad divina constituye el objeto bueno ordenándolo al esse : al bien “secundum quid”; ordenándolo al obrar y al fin: al bien simplemente). La bondad del apetito que no causa y mide (propiamente) el objeto, sino identificada con el objeto, es la bondad de la voluntad divina identificada con l esencia divina. La identidad de la voluntad divina con la esencia divina, esto es con el fin último, constituye la suma bondad de la voluntad, suma bondad moral, que es la impecabilidad absoluta, que consiste en la identidad con la regla de las costumbres que la bondad del apetito se diga del apetito, en cuanto es de una cosa buena, esto es conforme a ella, la bondad del apetito consiste en la conformidad del apetito con la cosa buena. Esta conformidad en la voluntad que causa y mide el objeto y en la bondad causada y medida por é es relación de medida: real por parte de lo medido, de razón por parte de lo que mide; mas en la bondad de la voluntad divina con relación a la esencia divina hay relación de identidad, que es relación de razón: la voluntad divina es perfectísimamente conforme a la esencia divina por identidad..
…………………

Qué es el mal y clases. – Al bien se opone el mal, lo cual por consiguiente sobreañade al ente relación de disconveniencia al apetito, fundada sobre la negación de perfección, y formalmente consiste en la negación, en cuanto funda la relación de disconveniencia. Pero la negación que funda la relación de disconveniencia es la privación. Por lo cual el mal formalmente consiste en la privación o carencia de entidad y perfección debida. Así para el hombre es malo carecer de ojos.
……..

5, De la bondad especial, que es la belleza

Qué es lo bello. – Lo bello es una cuasi especie de la bondad: el bien purmente objetivo de la potencia cognoscitiva. Por eso la belleza añade al ente la relación de conveniencia puramente objetiva a la potencia cognoscitiva, a su apetito natural. Pues todos entienden lo bello: quod visum placet, o cuya misma aprehensión agrada. Mas agradar la misma aprehensión es lo mismo también que el objeto como objeto conocido o puramente objetivamente convenir a la potencia cognoscitiva. Aunque, en efecto, la complacencia afecta también al apetito elícito (emanado), sin embargo primeramente afecta o aquieta el apetito natural de la misma apetencia cognoscitiva. Por lo cual en esta misma complacencia con en la primera raíz consiste la esencia de la belleza, y la complacencia del apetito elícito (emanado), que sigue, o amor de aprobación y benevolencia acerca del objeto bello no es sino la propiedad de la belleza.
Cuál sea el fundamento de la belleza. La belleza como la bondad se funda sobre la perfección. Pero la belleza como bondad especial, se funda sobre aquella especial perfección, que es la “harmónica partium consonancia” (la consonancia armoniosa de las partes). Etc.etc.

martes, 12 de julio de 2011

jueves, 31 de marzo de 2011

ANEXO III

(Insertar en "intuitividad de los primeros principios del índice"... post subtítulo "nota personal", antes de el ente es:
de González Álvarez

Artícculo I.- LAS PROPIEDADES TRASCENDENTALES EN GENERAL

1. Existencia y división. 1. Enumeramos más atrás las siguientes nociones trascendentales: ente, cosa, uno, algo, verdadero, bueno, bello. Hay que advertir, empero, que no toda noción trascendental es una propiedad trascendental. Huelga decir que el ente no es una propiedad del ente. Tampoco parece que lo sea cosa. Por el hecho de ser trascendental una propiedad debe estar ligada al ens trascendentale, sujeto en el cual descansa o del que deriva. Mas por el hecho de ser propiedad debe distinguirse conceptualmente del ente. La propiedad trascendental, en una palabra, debe ser un atributo universal no sinónimo del ente, sino ligado a él como secuencia suya. El concepto de cosa, empero, según el testimonio citado de Santo Tomás, resulta de considerar al ente en sí mismo y afirmativamente, por lo que cosa y ente difieren únicamente en que mientras el ente hace inmediata referencia al acto de existir, la cosa expresa de manera inmediata la esencia o quididad. Entonces, esta diferencia o es la que existe entre el ente como participio y el ente como nombre o la que se da entre el ente tomado como un todo y la esencia como uno de sus elementos. En el primer caso no se sale de la significación explícita del ente, pues el ente participial o nominalmente tomado no da lugar a dos conceptos distintos, sino a perspectivas de un mismo concepto, según tuvimos ocasión de poner de relieve más atrás. En el segundo caso la cosa no indica una secuencia del ente, es decir algo que deriva de su naturaleza, sino que expresa su naturaleza misma. En consecuencia, debemos excluir a la noción trascendental que denominamos cosa, res, del repertorio de las propiedades del ente.
Sin embargo, no podemos resignarnos con esta exclusión. Es cierto que la cosa entendida de esos dos modos, es decir, significando el ente como nombre o expresando la esencia del ente no puede ser una propiedad trascendental. Positivamente y en sí mismo nada puede revelarnos el ente que difiera de sí propio. Cabe, empero, una consideración del ente que no ha sido todavía destacada y que puede conducirnos a un nuevo sentido del ente, emparentado con la res, de donde resultará la propiedad trascendental que llamaremos “realidad”. En una investigación sobre el ente trascendental que, por desgracia, permanece todavía inédita, dice Jesús García López: “De las distintas consideraciones que pueden hacerse del ente y en las cuales basamos la deducción de sus propiedades trascendentales, hay una que atiende a la relación de disconveniencia del ente con otro término distinto; pero, si bien se observa, ese otro término no sólo puede ser la nada y los otros entes ( de donde resultan los dos sentidos de la palabra algo), sino también el ente de razón o la pura apariencia del ente, y de aquí puede resultar la propiedad trascendental “realidad”. Así como el ente se dice algo por su oposición a la nada (y también por su oposición a los otros entes), así se dice real por su oposición a la pura apariencia, al puro ente de razón.” Examinemos esto en algunos de sus pormenores:
Tendremos ocasión de comprobar más adelante que el ente en su oposición a la nada se patentiza como algo. Ahora pretendemos enfrentarlo con la mera apariencia en la esperanza de que se nos revele como realidad. Cuando hablamos de apariencia, no nos referimos a fenómenos, aparición, desocultamiento y otras nociones semejantes. Nos referimos a la “apariencia del ente”, es decir, a algo que se ofrece como ente cuando propiamente no lo es, que se parece a él sin serlo. Una apariencia tal es el llamado “ente de razón•.
No todo lo que se refiere a la razón es un “ente de razón” en sentido estricto. No lo es la obra externa realizada bajo la dirección de la razón; ni lo que emana de ella o de ejercicio permaneciendo allí como en su sujeto, como sucede con los actos intelectivos y los hábitos; ni lo que enfrenta a ella de una manera positiva y primaria como objeto de conocimiento. Sólo es ente de razón aquello que sin tener existencia ni esencia alguna, actual o posible, se da de un modo objetivo en el entendimiento. Así entendido, el ente de razón es objeto de la lógica. Confundirlo con el ente propiamente dicho y hacerlo objeto de la metafísica sería el más grave de los errores. Es natural que la apariencia de ente presuponga el ente. Cuando nuestro entendimiento entra en ejercicio tiende hacia algo –in- tendit- que se ofrece como término intencional. De aquí que el concepto pueda llamarse intención. Si el entendimiento concibe algo tal cual es en sí, se obtiene la primera intención. Volviendo sobre ese concepto y fundado en él forma la segunda intención. Es precisamente ésta la que se llama “ente de razón”. Se comprende ahora más fácilmente que el ente de razón sólo puede existir en cuanto es concebido por el entendimiento. Propiamente no es ente ni de suyo tiene esencia ni existencia, pero es concebido como si lo fuera. Está entre el ente y la nada con los que conviene en algo y en algo se diferencia. El ente de razón es no-ente (en esto conviene con la nada y se diferencia del ente) concebido como ente (en esto se diferencia de la nada y conviene con el ente).
Repárese en que esta última conveniencia va del ente de razón al ente propiamente dicho y no de éste a aquél. El ente de razón es un ente reflejado, desrealizado a partir del ente. Respecto a él es pura apariencia, mero reflejo o simple irrealidad. La oposición del ente a su apariencia nos patentiza así la coincidencia de ente y realidad. Como el ente se dice algo por su oposición a la nada, debe decirse realidad por su oposición a la apariencia. De su conflicto con el ente de razón surge enriquecido el ente esencial y existencialmente. Lo que es y no es pura apariencia es realidad, “ Se trata, sin duda –sigue diciendo García López-, de una propiedad primaria o inmediata, puesto que se deduce del concepto mismo del ente sin la mediación de ninguna otra propiedad; el ente se opone por sí mismo a la pura apariencia, por el mero hecho de ser ente…Se podría pensar que la realidad, aun siendo una propiedad primaria del ente, no fuese una realidad simple, sino compleja o disyuntiva en el sentido de que todo ente es real o irreal. Pero esto se basa en la ilusión de que el ente de razón es uno de los miembros en que puede dividirse el ente; ilusión decimos porque la misma división del ente en ente real y ente de razón no es nada real, sino también otra pura apariencia, otro puro ente de razón…Por desgracia, esto que a nosotros nos parece claro, no ha sido hasta ahora tenido en cuenta por los tratadistas del ente trascendental, y en ninguna obra que conozcamos se hace alusión a la realidad como propiedad del ente. ¡Tanto ha podido –ésta creemos que es la explicación- la ilusión de que el ente se divide verdaderamente en ente real y ente de razón¡”
2. Tenemos ya justificada la existencia de una propiedad trascendental que hemos denominado “realidad”. Prosigamos. En la numeración que nos sirve de pauta sigue en turno la unidad. Que el uno es una auténtica propiedad trascendental apenas hay autor que lo discuta. Sí, hay, empero, quienes le otorgan tan alto grado de jerarquía que parece la consideran como supratrascendental colocándola por arriba del ente. Esto, empero, se refiere más a la naturaleza de la realidad que a su existencia, y en el lugar oportuno nos ocuparemos de ello. También hay unanimidad entre los tratadistas ante los trascendentales verdadero y bueno: todos están de acuerdo en que la verdad y la bondad son auténticas propiedades primarias y simples del ente. En el proemio del capítulo reservamos lugares especiales para su tratamiento. Queda, pues, la aliquidad y la belleza como propiedades trascendentales discutidas y controvertidas.
Al aliquid le acontece algo semejante a lo que hemos visto que sucedía a la res. Tiene en su entraña significativa un triple sentido que conviene precisar. En primer lugar, puede expresar la esencia o quididad (aliquid = = aliqua quidditas). En segundo término designa un ente en cuanto distinto de otro ente (aliquidad = aliud quid). Finalmente expresa el ente como distinto del no-ente, como dividido o separado de la nada. Parece claro que quienes se detengan en la primera significación no podrán contar el aliquid entre las propiedades trascendentales: en rigor de términos es sinónimo de cosa y ente. Lo mismo sucede con la segunda acepción: aunque explica algo que el ente no dice, eso que explica no se sigue inmediatamente del ente, sino del uno. Sólo en la tercera acepción puede contarse la aliquidad entre las propiedades trascendentales. Reúne, en efecto, las condiciones exigidas para el caso: al subrayar la oposición del ente a la nada –el ente es distinto de la nada, algo que es no nada- manifiesta un aspecto original y primero del ente. El algo expresa lo distinto o determinado, por lo que conviene a todo ente y puede efectivamente predicársele. La importancia de la aliquidad así entendida se comprende tan pronto como se advierte que por ella se supera la antinomia del ente y la nada y en ella se fundamenta el principio de contradicción. Lo examinaremos detenidamente en el artículo siguiente.

3. Para terminar este epígrafe diremos algo de la belleza, En pocos temas se encuentran las opiniones tan diametralmente divididas. Para unos, la belleza es una propiedad trascendental; para otros, semejante aserción es totalmente arbitraria. Lo curioso es que ambas posiciones pueden estar montadas sobre principios comunes y hasta derivadas de los mismos textos. Por ejemplo, de éste: que:eam Pulhcrum et bonum in subiecto quidem sunt idem; quia super dem rem fundantur…; sed ratione differunt. Nam bonum propie respicit appetitum: est enim bonum quod omnia appetunt… Pulchrum autem respicit vim cognoscitivam: puchra enim dicuntur quae visa placent. Quienes defienden la trascendentalidad de la belleza tienden a eliminar de su concepción toda referencia al placer. La misma perfección del ente se diversifica en doble línea: operativa y cognoscitiva. La perfección del ente en la primera línea con respecto a la voluntad es el bonum; en la segunda, con respecto al entendimiento, es el el pulchrum. Pero esta eliminación del placer en la concepción de la belleza es intolerable para quienes van a negar su carácter trascendental. El placet pertenece a la definición esencial de la belleza, como la relación al entendimiento es esencial a la verdad, y la referencia a la voluntad es necesaria a la bondad. Y como el placer pertenece formalmente al bien deleitable, siempre inherente a los sujetos y dependiente de ellos y por ellos diversificado, resulta de todo punto imposible colocar la belleza entre los trascendentales.
No nos asustan los exclusivismos, porque la historia nos ha enseñado que suelen ser ruptura de una síntesis y exageraciones de uno u otro de los elementos dispersados. Los exclusivismos pueden ser superados y la síntesis debe ser rehecha. Para ello comencemos por anticipar aquí algunas ideas sobre la verdad y la bondad que desarrollaremos en los artículos siguientes. Mientras la verdad se dice por respecto al entendimiento precisamente, la bondad se dice por respecto de cualquier apetito. “Veritas est adaequatio rei et intellectus; bonum est quod omnia appetunt..” El entendimiento obra atrayendo las cosas hacia sí, por interiorización; el apetito, contrariamente, tendiendo a las cosas fuera de sí. De aquí que la verdad se encuentra formalmente en el entendimiento y derivada o fundamentalmente en las cosas; la bondad, por el contrario, reside formalmente en las cosas y sólo derivadamente en el apetito. De todo lo cual se concluye que mientras la trascendentalidad de la verdad se funda en la universal apertura del entendimiento, la de bondad tiene por fundamento la trascendentalidad del ente, es decir, de la perfección por la que las cosas son apetecibles. De ahí también que todo lo bueno sea verdadero para el entendimiento, mas no todo lo verdadero sea bueno para cualquier apetito, sino únicamente para el apetito natural del mismo entendimiento.
Con estas ideas podemos entrar en la consideración de la belleza. ¿Encuéntrase primeramente en las cosas, como la bondad, o en el sujeto cognoscente, como la verdad? Si reparamos en la definición tomista –pulchra sunt quae visa placent-, parece que la belleza se da primeramente en el sujeto, pues hace referencia al conocimiento –visa-; mas si tenemos en cuenta que el agrado –placent- le es esencial, habrá que ponerla primeramente en las cosas. Esto último es lo cierto. La razón de que la verdad resida formalmente en el entendimiento está en que la adecuación en que consiste se da en el entendimiento cuando juzga e interioriza. Pero la relación de la belleza al conocimiento no la encuadra con exclusividad en el juicio, sino que pueda darse en cualquiera aprehensión intelectual y hasta sensible. Tampoco le es esencial la nota de atracción o interiorización en el sujeto sólo presente en el acto del juicio y ausente en los demás conocimientos, como en el sensible y la simple aprehensión y contemplación. El ingrediente del agrado o placer, esencial a la belleza e inesencial a la verdad, termina relacionándola al apetito que, como hemos dicho, obra tendiendo a las cosas como son en sí mismas. La belleza, en definitiva, se da primeramente en las cosas. Consiste formalmente en algo objetivo que tiene una repercusión subjetiva placentera o agradable a través de un conocimiento. Mas esto es justamente lo que realiza el bien, que no es apetecido sin ser previamente conocido. La belleza, en consecuencia, debe ser inscrita en el ámbito del bien. Con él se identifica objetiva y realmente: pulchrum et bonum in subiecto quidem sunt idem. Y de él se diferencia porque lo contrae al apetito de las potencias cognoscitivas: pulchrum respicit vim cognoscitivam. Por eso, la belleza, en general, es el bien de las potencias cognoscitivas, es decir, aquello que satisface el apetito natural de conocer.
Entendida así, la belleza es un trascendental. Se extiende a todo ente, porque todo ente tiene cierta perfección o bondad que puede satisfacer el apetito cognoscitivo de algún sujeto. Con ello no se ha dicho todavía que sea una propiedad trascendental. Desde el punto de vista de la potencia cognoscitiva al que la belleza mira, pueden distinguirse tres tipos: sensible, espiritual y sensible-espiritual o propiamente humana. Ahora bien, “cualquier potencia cognoscitiva, cuando conoce, unifica lo múltiple y vario bajo una cierta forma o un cierto orden. La unidad en la variedad es, pues, el objeto más conveniente a cualquier potencia cognoscitiva. Así, esta nota corresponde a la belleza trascendental. Si consideramos que todo ser, por el mero hecho de ser, es bello. La belleza así entendida es una propiedad trascendental, pero no primaria, sino secundaria, pues supone otras tres propiedades trascendentales: la unidad, la verdad, la bondad. En cuanto a la belleza humana, la belleza apropiada a la capacidad cognoscitiva del hombre, deberá ser definida como el resplandor de lo inteligible en lo sensible, o también, como lo hace Santo Tomás, como “splendor formae super partes proportionatas materiae”. Colocándonos en el punto de vista de la belleza humana no puede decirse que esta sea una propiedad trascendental, ni siquiera secundaria”.
Con esto podemos dar por establecido que las propiedades trascendentales propiamente dichas son estas cinco: aliquidad, realidad, unidad, verdad y bondad. Observémoslas en este cuadro que ponemos a modo de recapitulación: